Análisis de la idea de libre ingreso propuesta desde el Estado.
Desde que se oyó
como promesa de campaña en el 2021, el tema del libre ingreso a las
universidades ha estado en boga entre los distintos sectores de la sociedad.
Surgiendo posiciones a favor, en contra e intermedias. Sobre el tema es
necesario aclarar que la discusión está sobre el ingreso a las universidades
públicas, porque para nadie es una sorpresa que en la mayor parte de las
universidades privadas del sistema educativo peruano el examen de admisión es
una mera formalidad, algo simbólico, puesto que lo que asegura el ingreso del
estudiante en esas esas casas de estudio es la solvencia económica.
En las posiciones
contrarias hemos tenido los argumentos de siempre y otros que se han sumado. La
Federación de la Católica (Fepuc)1 y la Federación Universitaria del Cusco
(FUC)2 han aludido que no existe la suficiente infraestructura y que no todos
los estudiantes están preparados para ingresar a la Universidad. Los “intelectuales” de Wayka3, en
consonancia, han agregado que ya hay muchos universitarios en el país, que
debemos priorizar “la calidad” sobre la cantidad y que la experiencia argentina
del libre ingreso es un fracaso por la deserción que existe en su sistema
universitario; sin tomar en cuenta claro las variables socioeconómicas que
existen para esa deserción, prefiriendo solo echar la culpa solo al libre
ingreso; siendo para ellos el modelo privado chileno más inclusivo que el
argentino.
Desde el Congreso
han surgido proyectos legislativos más de carácter populista. Esto porque
pretenden poner en el papel las palabras “libre ingreso a la Universidad” sin
ni siquiera chocar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin tocar el
erario nacional. El proyecto de Ley 7930/2020-CR de la bancada de Podemos Perú
(PP) solo dispone que el proceso de admisión se convierta en una inscripción
cuyos requisitos para el ingreso quede a disposición de cada universidad.
Artículo 4. Modifíquese el artículo 98. Proceso de admisión, de la Ley N° 30220, Ley Universitaria
Modifíquese el artículo 98. Proceso de admisión, de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, conforme al siguiente texto:
La admisión a la universidad se realiza libremente mediante evaluación pública, previa adecuación de plazas por ciclo de acuerdo a la demanda. El proceso de ingreso libre consta de una evaluación de requisitos como proceso obligatorio principal y una evaluación de aptitudes y actitudes de forma complementaria opcional. El Estatuto de cada universidad establece las modalidades y reglas que rigen el proceso ordinario de admisión y el régimen de cada matrícula al que pueden acogerse los estudiantes. Ingresan a la universidad libremente los postulantes que hayan cumplido con los requisitos correspondientes, las plazas son adecuadas y ampliadas por la universidad de acuerdo a la demanda de los postulantes.
En cuanto a los
proyectos de la bancada de Perú Libre, el Proyecto de Ley 1362/2021-CR y el
Proyecto de Ley N° 0047-2021-CR; agregan a la propuesta de PP la gratuidad de
la inscripción:
Artículo 97. Estudiantes
Son estudiantes universitarios de pregrado quienes, habiendo previamente concluido los estudios de educación secundaria, se inscriben libre y gratuitamente a una vacante, y se encuentran matriculados en ella.
Artículo 98. Proceso de admisión
La admisión a la universidad se realiza de manera libre y gratuita previa definición de plazas y máximo una vez por ciclo. El Estatuto de cada universidad establece las modalidades y reglas que rigen el proceso ordinario de inscripción y el régimen de matrícula al que pueden acogerse los estudiantes. Ingresan a la universidad los postulantes que alcancen plaza vacante y por estricto orden de inscripción.
Ambas propuestas
en sus disposiciones complementarias reafirman que la nueva modalidad no traerá
nuevos gastos al Estado, ósea, que creen que la exclusión de miles de
estudiantes de la educación superior se solucionará porque unas palabras queden
en el papel o pretenden que el libre ingreso quede limitado a quienes lleguen
primero en la cola para las vacantes. Flanco que ha aprovechado el Consejo
Nacional de Educación (CNE) para defenestrar dichas propuestas a la hora que se
le ha consultado.
Para los
“tecnócratas” del Ministerio de Educación (Minedu), Dirección General de
Educación Superior Universitaria (Digesu) y Sunedu como Jorge Mori y compañía4;
la propuesta del libre ingreso no podía pasar de ser lo que acostumbran, una
política focalizada. El término “progresivo” acabó siendo utilizado para
restringir hasta lo más mínimo posible la propuesta, al punto de desvirtuarla
totalmente. De ahí se entiende porque sus “tecnócratas” siempre partieran
siempre a la hora de presentar su propia propuesta en los distintos círculos
mencionando que la experiencia del libre ingreso en Argentina es un fracaso,
aun cuando esta se mantiene vigente. Su objetivo era claro, hacer de la
propuesta una simple extensión del Programa Nacional de Becas (PRONABEC),
aunque fuera de este, para seguir reproduciendo el asistencialismo del Minedu5.
La discusión que
ha tomado su tiempo entre los círculos del Ejecutivo ha culminado con la
victoria de la propuesta esencial de la Digesu (Mori) resultando en el
mamarracho llamado Proyecto de Ley que dispone el ingreso libre a
universidades, institutos y escuelas tecnológicas y pedagógicas de forma
gradual y equitativa a nivel nacional6 aprobado por la Presidencia del Consejo
de ministros (PCM) Aquí podemos leer alguno de los artículos del documento
avanzado hasta el 28 de junio del presente año que nos fue alcanzado:
Artículo 4.- Población objetivo para la Estrategia Nacional de Ingreso Libre
La población objetivo de la Estrategia Nacional de Ingreso Libre son las y los egresadas(os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria con alto rendimiento académico y en condición de vulnerabilidad, que buscan acceder a las instituciones de educación superior a nivel nacional (PCM, 2022).
Para todos los
efectos de la presente Ley, se entiende por:
Estudiante con alto rendimiento académico: a aquel egresado(a) de educación secundaria o estudiante de quinto de secundaria con un desempeño destacado en comparación a un grupo a nivel de colegio, respecto a la medición de sus competencias desarrolladas a lo largo del proceso formativo de la educación básica. Conforme se establezca en las disposiciones que apruebe el Ministerio de Educación, el logro académico identificado a nivel de colegio puede complementarse con aquel que se identifique como parte de evaluaciones realizadas por el Ministerio de Educación, o por las instituciones de educación superior.
Estudiante en condición de vulnerabilidad: a aquel egresado(a) de educación secundaria o estudiante de quinto de secundaria que enfrenta barreras para iniciar su proceso formativo en la educación superior y que se encuentra en condición de pobreza bajo los criterios del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, o que, pese a no ser identificado en el SISFOH, se encuentra en una situación social y/o cultural y/o económica de desventaja, por estar expuestos a brechas sistémicas que afectan desfavorablemente sus condiciones de vida respecto al resto de la población(PCM, 2022).
Así también, en
otro artículo:
Artículo 5.- Componentes de la Estrategia Nacional de Ingreso Libre
La Estrategia Nacional de Ingreso Libre es una estrategia integral en tanto incluye cuatro componentes:
a) La implementación de mecanismos de orientación vocacional e identificación de aptitudes, para que la selección de las carreras de las y los egresadas(os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria que participen en la Estrategia Nacional de Ingreso Libre, se realice considerando sus intereses y aptitudes.
b) La creación de la modalidad de admisión de ingreso libre, que permita el ingreso a la educación superior, a las y los egresadas (os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria con alto rendimiento académico y en condición de vulnerabilidad, de acuerdo con sus preferencias, conocimientos y aptitudes; conforme a las disposiciones aprobadas por el Ministerio de Educación.
c) El otorgamiento de becas para cubrir los gastos para el acceso y permanencia de las y los egresadas(os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria que participen en la Estrategia Nacional de Ingreso Libre.
d) La implementación de mecanismos de ampliación de vacantes y optimización de la oferta de educación superior pública para el fortalecimiento y expansión de los servicios de pregrado, así como de nivelación y bienestar estudiantil que contribuyan a la culminación de los estudios superiores, cumpliendo con las Condiciones Básicas de Calidad. (PCM, 2022).
En ambos
artículos se muestra que el libre ingreso será mínimamente restringido a una
población estudiantil egresada de la educación básica con alto rendimiento y en
situaciones de vulnerabilidad que pasará primero por un ciclo de nivelación del
que si no aprueba será retirado automáticamente de la universidad como lo dice
otro artículo del proyecto.
Artículo 41. Nivelación, acompañamiento académico y estudios generales de pregrado
41.1 Nivelación y acompañamiento académico
El ciclo de nivelación resulta obligatorio para las y los ingresantes por la modalidad de admisión de ingreso libre que no han rendido una evaluación como parte de su proceso de admisión o que, al rendirla, evidencian la necesidad de complementar el desarrollo de los conocimientos, habilidades y aptitudes requeridas por el perfil de ingreso debidamente definido por cada universidad y/o sus programas académicos. Por ello, cada universidad determina el sistema de evaluación a implementar, de acuerdo a las competencias establecidas en los perfiles de ingreso. El ciclo de nivelación tendrá una duración mínima de cuatro (4) meses y máxima de seis (6) meses, desarrollado de manera previa al inicio de los estudios generales. En caso la o el estudiante no apruebe el ciclo de nivelación, es retirado(a) de la universidad. El ciclo de nivelación sólo puede cursarse por única vez. (PCM, 2022).
Con esto se
colige que la modalidad de “ingreso libre” que propone el proyecto no remplaza
ninguno de las modalidades que ya existen para ingresar a la universidad
pública, sino que se agrega como otra modalidad más, que es como lo dice el
Artículo 98. Proceso de admisión y modalidades de admisión del mismo proyecto.
La propuesta,
además del elitista y perpetuadora de las políticas focalizadoras que no han
contribuido en nada a frenar la desigualdad en el país (si no es que han
contribuido aumentarla); resulta un total engaña muchachos puesto que así
argumenten que se trata de algo progresivo y que se podría estar partiendo de
una muestra inicial como prueba, en sus disposiciones complementarias no hablan
nada de crear más instituciones educativas de educación superior o ampliar las
que ya existen para sobrepasar la irrisoria meta de 5000 estudiantes que se han
puesto7. Es más, recalca que la nueva modalidad se solventará con gastos del
mismo Minedu y no requerirá nuevos gastos del erario nacional plasmado en las
Disposiciones Complementarias Finales:
QUINTA:
Financiamiento
La Estrategia
Nacional de Ingreso Libre se implementa progresivamente, de acuerdo a las
disposiciones que establezca la Resolución Ministerial a la que hace referencia
la Primera Disposición Complementaria Final de la presente ley; y se financia
con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación autorizado
mediante las Leyes de Presupuesto del Sector Público aprobadas anualmente, sin
demandar recursos adicionales al Tesoro Público. (PCM, 2022).
Como se puede
ver, esta nueva modalidad no trastoca en lo más mínimo el sistema de admisión
universitaria elitista, lucrativo y excluyente que tenemos. Los exámenes de
admisión con sus elevados costos seguirán existiendo y los Centros Pre
Universitarios (CEPRES) igualmente. Incluso, si bien el proyecto avanzado hasta
el 28 de junio ya no lo contempla, hasta el 20 de mayo8 del presente año el
proyecto del ejecutivo si mencionaba las CEPRES en sus disposiciones
complementarias transitorias:
UNICA: Sobre el uso de las instalaciones de los Centros Pre- universitarios
En tanto las universidades licenciadas que participen en la modalidad de admisión de ingreso libre no cuenten con las instalaciones y equipamiento necesario para brindar el ciclo de nivelación en los locales de las sedes y filiales autorizadas en la resolución que aprueba su licenciamiento, se autoriza de manera excepcional, que dicho servicio educativo pueda ser brindado en los locales de sus centros pre universitarios. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria aprueba los requisitos mínimos que debe cumplir la referida infraestructura en un plazo máximo de 40 días hábiles a partir de la publicación de la presente ley, sobre la base del modelo de licenciamiento con el que fue licenciada la universidad.
Las universidades deberán adecuar los centros preuniversitarios a las condiciones aprobadas e informar a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria sobre el cumplimiento de estas condiciones previamente a su uso para el desarrollo del ciclo de nivelación.
La autorización otorgada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria para el uso de los centros preuniversitario no supone una modificación a la licencia institucional otorgada a la universidad (PCM, 20 de mayo del 2022).
Notándose así la
voluntad de perpetuar la existencia de las CEPRES con su carácter privado y
segregador, viéndola como un posible apoyo a la nueva modalidad de ingreso que
se piensa sumar, sin ver la existencia y el carácter que estas tienen al haber
sido parte del problema para acceder a la universidad, nunca de la solución.
Tanto las propuestas del ejecutivo como las del legislativo no intentan
transformar la realidad de la educación superior sino reforzar su carácter
elitista pues no pretenden en lo más mínimo quitar las restricciones que
impiden el libre ingreso a miles de estudiantes. Y, por el contrario, el
proyecto anterior del ejecutivo seguía en consonancia con la política lucrativa
de las universidades públicas que, si hay algo que extender en la universidad,
eso solo deben ser las CEPRES (Recursos Directamente Recaudados).
¿POR QUÉ LOS
ESTUDIANTES PLANTEAN EL LIBRE INGRESO?
Si los
estudiantes de la Federación Universitaria de San Marcos (FUSM), la
Coordinadora Democrática Estudiantil-UNFV (COODE), como otros gremios y demás
organizaciones estudiantiles revoluciones han planteado el libre ingreso a la
universidad de manera irrestricta, no es solo con por interés maximalista, sino
porque han analizado que es la única vía para eliminar el lucro y a las mafias
que imperan en nuestro restrictivo y encarecido sistema de admisión. De por sí
prepararse para el examen de conocimientos que evalúa la universidad tiene un
elevado coste, según los datos de la misma Digesu S/ 2,511.4 es el promedio que
requiere prepararse y cubrir el coste del examen de admisión de una universidad
pública a un postulante; esto porque el tiempo de preparación promedio para
prepararse al examen de admisión es de 9 meses y el costo de las mensualidades
en las academias tiene un promedio de S/ 261, el examen de admisión con su
prospecto un promedio de S/. 600, y las CEPRES que venden por su lado el
ingreso directo un promedio de S/ 2000 (el ciclo), que de lograr el ingreso
directo igual no se está exonerado del pagar el coste del examen de admisión. Y
ello, porque, aunque la educación básica-pública forma y evalúa competencias,
el examen de admisión sigue evaluando conocimientos, pese a que aleguen lo
contrario (preguntas DECO). Todo esto, si no contamos a las mafias que hacen de
las suyas para facilitar el ingreso. Todos fuimos testigos en el mes de marzo
como en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) las mafias burlaron
las reglas del examen de admisión para asegurar el ingreso a las carreras con
mayor demanda, Medicina principalmente, que fue la carrera donde los que
optaron por esa “modalidad de ingreso” casi coparon todas las vacantes del
ingreso ordinario. La mafia en específico que se encargó de tal fraude
descarado (con hermanas telepatía incluido) al ser desbaratada por la Policía
Nacional del Perú se descubrió que San Marcos era solo una de las casas de
estudio donde operaba, pues el negocio se encuentra en cada proceso de admisión
de las universidades públicas del país, por lo que podemos concluir que como
esas mafias habrá muchas más9.
Además, teniendo
en cuenta que el Perú es uno de los países que destina uno de los menores
porcentajes de su Producto Bruto Interno (PBI) a la educación, 4,3 %, con solo
33% de estudiantes que transitan de la educación básica a la educación
superior, por debajo de la media latinoamericana (Enaho, 2018); la demanda del
libre ingreso universal e irrestricto está en consonancia con la exigencia de
elevar esa cifra del PBI que es inferior de la que recomienda la misma Unesco
(6%). Es absurdo e idealista alegar que el Estado no debe reconocer el libre
ingreso si primero no genera la infraestructura insuficiente. Si esa aquella
lógica sería correcta tampoco se debería reconocer el derecho de todos a la
salud porque en la práctica el Estado no lo garantiza, y debemos oponernos a la
construcción de más hospitales públicos en las provincias porque los que hay
ahora en los grandes centros urbanos no cuentan con la infraestructura
suficiente. Esos argumentos en oposición no toman en cuenta el carácter del
Estado peruano ni de quienes los manejan.
En el Proyecto Educativo Nacional (PEN) al 2036 los “tecnócratas” del Minedu ya han dado a entender que renuncian a la idea de elevar el 6% del PBI a la educación:
Los escenarios planteados son un pequeño conjunto de posibles situaciones en las que el número “mágico” pierde vigencia (6%)11. Además, podemos también revisar casos concretos (tomados de la base de datos del Instituto de Estadística de la Unesco) que sugieren que un número de supuesto valor universal no parece decirnos mucho acerca de en qué medida los países garantizan el derecho de las personas a una buena educación (PEN 2036, p. 134).
Los casos que
ponen son Namibia (8,3%) y Japón (3,7%), tan alejados de nuestra realidad en
población como en producción, pero que les sirve de pretexto para decir que no
es necesario elevar al 6% del PBI a la educación, sino que basta con gastar
bien. En cambio, se reafirman en seguir
financiando con dinero público a las instituciones educativas privadas:
Un tercer elemento tiene que ver con el financiamiento de la operación de la institución. Las instituciones educativas pueden ser financiadas con recursos públicos (mediante gasto público), lo que se traduce usualmente en que los receptores del servicio educativo puedan acceder a este sin mediar pago alguno; nos referimos a la educación que es “gratuita” para el receptor, aunque es sufragada por otros (en este caso, el Tesoro Público, es decir, los contribuyentes) (…) (PEN, 2036, p. 129).
El gobierno que
inició el 2021 tenía también entre las promesas de campaña aumentar el 10% del
PBI a la educación, pero es obvio que al haberse recostado en los “tecnócratas”
del Minedu, que no son otra cosa que los intelectuales de la burguesía
financiera, ha renunciado totalmente a esa bandera de lucha, como ha hecho
ahora con el libre ingreso. Por ello la demanda libre ingreso universal e
irrestricto es más estratégica que nunca para poner en jaque al Estado por su
abandono de la educación pública; y de exigirle más cobertura, más
infraestructura, y por ende, más presupuesto para garantizar una educación
científica.
PROPUESTAS
CONCRETAS PARA EL DEBATE
El ingreso libre como
política pública en la educación es obvio que sería una política de largo
plazo, pero si en verdad se apuntaba a democratizar el ingreso se debió
proponer un ciclo propedéutico irrestricto y universal para todos los egresados
de la educación básica. Las instalaciones se hubieran podido buscar en las
mismas instalaciones de la educación básica (turno noche), las CEPRES y hasta
en las universidades no licenciadas privadas que el Estado debió haber buscado
la forma tomar el control por la estafa que han significado a miles de
estudiantes. Y si es que no se quería chocar con el tesoro público en un
inicio, algo que inevitablemente se tendría que hacer, una buena opción hubiera
sido redireccionar el presupuesto que el Estado destina a las becas para destinarlos
propiamente a sostener el ciclo de nivelación o propedéutico que daría en forma
universal a los egresados de la educación básica mientras se extiende la
universidad pública para ampliar su cobertura.
Según los datos
del MEF, en año 2021, se ha destinado S/ 1,173 millones en becas y créditos
educativos12, becas que significan un ingreso principalmente a universidades e
instituciones privadas que el Estado paga para sostener los estudios de algunos
egresados de la educación básica regular en los distintos programas focalizados
que tiene, mismas instituciones que por norma también están exoneradas de pagar
impuestos a pesar de tener un carácter lucrativo en la mayoría de los casos. En
el año 2021 la UNMSM, la más poblada de las universidades públicas, recibió un
presupuesto ordinario de S/ 285 754 491, ósea, anualmente el Estado destina en
becas más de cuatro veces de lo que se destina en solventar a la universidad
pública más poblada del Perú (33 671 estudiantes). Si al presupuesto destinado
en becas y créditos se le redireccionara ¾ partes o, aunque sea la mitad, para
destinarlo a la universidad pública, alcanzaría para solventar tres o dos San
Marcos. Además, pese a la amplia cobertura que deba tener un ciclo propedéutico
irrestricto (400 mil estudiantes anualmente), no requiere los mismos costos que
necesita una universidad entera como San Marcos para sostenerse con sus
diversas carreras. El redestinar el dinero que el Estado utiliza para solventar
la educación privada, o al menos parte de ello, sería el primer paso mientras
se logra que el tesoro público asigne el presupuesto suficiente para la
extensión de las universidades e institutos públicos o la creación de otros
nuevos si es que lo primero resulta ralentizado por la burocracia interna de
las instituciones. Además, un ciclo propedéutico irrestricto se sostiene no
solo en el campo político, si hablamos de democratizar la educación; sino
también, en el campo pedagógico.
En las carreras
de Educación y en la misma educación básica-pública que tiene el enfoque por
competencias hacen especial ahínco en los métodos de evaluación y que estos
deben tener un proceso obligatorio si de verdad se pretende evaluar el
desarrollo de una competencia. Más allá de si el enfoque por competencias
merece una discusión (que a mi parecer sí), la docimología, ciencia que se
encarga de la evaluación del aprendizaje establece que la evaluación pasa por
tres etapas: la evaluación diagnóstica, la evaluación formativa y la evaluación
sumativa13. La primera, es para saber el estado en que se encuentra el
estudiante sin algún peso en la nota; la segunda, se realiza durante todo el
curso y es la que tiene más peso pues acompaña el desarrollo del aprendizaje
retroalimentándolo; y la tercera, es la evaluación final de todo lo aprendido.
Una competencia que desea ser evaluada correctamente para saber si el
estudiante puede continuar sus estudios en la educación superior no puede ser
evaluada en un examen de admisión que en realidad debería solo arrojar un
resultado diagnóstico, pero que se convierte desde el inicio en una evaluación
sumativa que decide el futuro y la vida del estudiante. Una verdadera
evaluación de las competencias demora meses y ese solo podría darse dentro de
un ciclo entero en la compañía de un docente. Logrando así conectar
verdaderamente la educación básica con la educación superior. Por lo que
continuar con la modalidad del examen de admisión es continuar con la práctica
de un sistema evaluativo que es encima antipedagógico y que refleja la
desconexión que existe entre los niveles de la básica regular-pública con el de
la educación superior.
Agregando a ello,
en dicho ciclo se debería también poner especial énfasis en la orientación
vocacional que ayudaría a que el estudiante escoja mejor su carrera como la
institución en la que desea continuar sus estudios. De ahí que sea fundamental
emprender la mejora y masificación de los institutos de educación superior, si
es que de verdad se desea que la demanda hacia las universidades no sea
excesiva. Por lo que la consigna de los estudiantes se podría replantear en
demandar: Ingreso libre irrestricto a la educación superior. Para que no sea el
mismo sistema educativo quien ponga las trabas a su acceso.
Es increíble que
todo esto no haya sido tomado en cuenta por los intelectuales del Minedu si
tanto se ufanan de manejar la educación por tener los cartones académicos
adecuados. Incluso si de verdad hubiera habido una voluntad de democratizar la
educación el Estado hubiera subvencionado por el presupuesto ordinario el costo
del examen de admisión de todas las universidades públicas (ya dijimos de dónde
se puede obtener el financiamiento en un inicio) y prohibir que las CEPRES
ofrezcan ingreso directo si es que todavía no es posible eliminarlas en su
carácter lucrativo. Ello hubiera aliviado en algo los bolsillos de todos los
postulantes teniendo en cuenta que un examen de admisión significa más de la
mitad de un sueldo mínimo en el país, y quitado la amenaza de que las
autoridades universitarias cada año quieran quitarle vacantes a la modalidad
ordinaria para destinarlas a su lucrativa CEPRE. Sin embargo, nada de esto fue
considerado.
No se quiso
chocar con las becas, que significa chocar con las abultadas cuentas de las
universidades e instituciones privadas (Intercorp, Laureate, etc), no se quiso
chocar con el negocio de las academias, no se quiso chocar con los Recursos
Directamente Recaudados que son el botín de las mafias que hay dentro de la
Universidad. Un libre ingreso irrestricto, al menos como política de estado,
hubiera significado apuntar a barrer todo ello, o, aunque sea con gran parte de
ello; pero para los tecnócratas de ONG (Morí) que pululan en el Minedu y el
gobierno traidor de Pedro Castillo eso hubiera sido chocar con el modelo y con
sus socios que durante estos largos treinta años han acumulado riqueza a costa
de haber convertido un derecho en un servicio lucrativo.
Ante la propuesta
focalizada del gobierno, que el movimiento estudiantil se oponga tajantemente
sería poco estratégico. Los intelectuales de la burguesía financiera dirían que
se les está quitando la oportunidad de estudiar a algunos jóvenes de bajos
recursos; sin embargo, en lo que sí se debe ser firme es en desenmascarar dicho
proyecto, en decir que de libre ingreso no tiene un ápice, que los problemas de
exclusión generados por el lucro, la corrupción y el escueto presupuesto se
siguen manteniendo intactos, y que solo significa poner una viga más a nuestro
edificado sistema educativo donde la calidad sirve como pretexto para la
exclusión.
Quedándonos como
lección que solo las propuestas aterrizadas y concretas del movimiento
estudiantil revolucionario que en consonancia con las demandas de los
trabajadores podrán hacer posible que los hijos de estos puedan acceder
plenamente a la educación superior derrumbando cada muro que el capital les ha
impuesto.
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[Resultado de la consulta bases sobre el libre ingreso a las universidades
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ttps://web.facebook.com/juntadefiscalesfepuc/photos/a.596862390360547/4486852051361542
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Universitaria del Cusco. [Programa de lucha de la Federación Universitaria del
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(21 de marzo del 2022). Ingreso libre a las universidades ¿Será Posible? https://web.facebook.com/waykaperu/videos/4990090987740464
4. Condor,
J. (24 de marzo del 2022). Ingreso libre a las universidades: ¿Qué tan viable
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ttps://drive.google.com/file/d/174YyMfxVQotnd923TPh-akBx0fIMZh8d/view?usp=sharing
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aprueba proyecto de ley que permite acceso libre a la educación superior. (7 de
julio del 2022). Recuperado de: https://elperuano.pe/noticia/163599-ejecutivo-aprueba-proyecto-de-ley-que-permite-acceso-libre-a-la-educacion-superior
8. Presidencia
del Consejo de ministros. (20 de mayo del 2022). Proyecto de ley que dispone el
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de forma gradual y equitativa a nivel nacional. https://elperuano.pe/noticia/163599-ejecutivo-aprueba-proyecto-de-ley-que-permite-acceso-libre-a-la-educacion-superior
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13. Martínez, F. (2009). Evaluación formativa
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