Análisis de la idea de libre ingreso propuesta desde el Estado.

Desde que se oyó como promesa de campaña en el 2021, el tema del libre ingreso a las universidades ha estado en boga entre los distintos sectores de la sociedad. Surgiendo posiciones a favor, en contra e intermedias. Sobre el tema es necesario aclarar que la discusión está sobre el ingreso a las universidades públicas, porque para nadie es una sorpresa que en la mayor parte de las universidades privadas del sistema educativo peruano el examen de admisión es una mera formalidad, algo simbólico, puesto que lo que asegura el ingreso del estudiante en esas esas casas de estudio es la solvencia económica.

En las posiciones contrarias hemos tenido los argumentos de siempre y otros que se han sumado. La Federación de la Católica (Fepuc)1 y la Federación Universitaria del Cusco (FUC)2 han aludido que no existe la suficiente infraestructura y que no todos los estudiantes están preparados para ingresar a la Universidad.  Los “intelectuales” de Wayka3, en consonancia, han agregado que ya hay muchos universitarios en el país, que debemos priorizar “la calidad” sobre la cantidad y que la experiencia argentina del libre ingreso es un fracaso por la deserción que existe en su sistema universitario; sin tomar en cuenta claro las variables socioeconómicas que existen para esa deserción, prefiriendo solo echar la culpa solo al libre ingreso; siendo para ellos el modelo privado chileno más inclusivo que el argentino.

Desde el Congreso han surgido proyectos legislativos más de carácter populista. Esto porque pretenden poner en el papel las palabras “libre ingreso a la Universidad” sin ni siquiera chocar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin tocar el erario nacional. El proyecto de Ley 7930/2020-CR de la bancada de Podemos Perú (PP) solo dispone que el proceso de admisión se convierta en una inscripción cuyos requisitos para el ingreso quede a disposición de cada universidad.

Artículo 4. Modifíquese el artículo 98. Proceso de admisión, de la Ley N° 30220, Ley Universitaria

Modifíquese el artículo 98. Proceso de admisión, de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, conforme al siguiente texto:

La admisión a la universidad se realiza libremente mediante evaluación pública, previa adecuación de plazas por ciclo de acuerdo a la demanda. El proceso de ingreso libre consta de una evaluación de requisitos como proceso obligatorio principal y una evaluación de aptitudes y actitudes de forma complementaria opcional. El Estatuto de cada universidad establece las modalidades y reglas que rigen el proceso ordinario de admisión y el régimen de cada matrícula al que pueden acogerse los estudiantes. Ingresan a la universidad libremente los postulantes que hayan cumplido con los requisitos correspondientes, las plazas son adecuadas y ampliadas por la universidad de acuerdo a la demanda de los postulantes.

En cuanto a los proyectos de la bancada de Perú Libre, el Proyecto de Ley 1362/2021-CR y el Proyecto de Ley N° 0047-2021-CR; agregan a la propuesta de PP la gratuidad de la inscripción:

Artículo 97. Estudiantes

Son estudiantes universitarios de pregrado quienes, habiendo previamente concluido los estudios de educación secundaria, se inscriben libre y gratuitamente a una vacante, y se encuentran matriculados en ella.

Artículo 98. Proceso de admisión

La admisión a la universidad se realiza de manera libre y gratuita previa definición de plazas y máximo una vez por ciclo. El Estatuto de cada universidad establece las modalidades y reglas que rigen el proceso ordinario de inscripción y el régimen de matrícula al que pueden acogerse los estudiantes. Ingresan a la universidad los postulantes que alcancen plaza vacante y por estricto orden de inscripción.

Ambas propuestas en sus disposiciones complementarias reafirman que la nueva modalidad no traerá nuevos gastos al Estado, ósea, que creen que la exclusión de miles de estudiantes de la educación superior se solucionará porque unas palabras queden en el papel o pretenden que el libre ingreso quede limitado a quienes lleguen primero en la cola para las vacantes. Flanco que ha aprovechado el Consejo Nacional de Educación (CNE) para defenestrar dichas propuestas a la hora que se le ha consultado.

Para los “tecnócratas” del Ministerio de Educación (Minedu), Dirección General de Educación Superior Universitaria (Digesu) y Sunedu como Jorge Mori y compañía4; la propuesta del libre ingreso no podía pasar de ser lo que acostumbran, una política focalizada. El término “progresivo” acabó siendo utilizado para restringir hasta lo más mínimo posible la propuesta, al punto de desvirtuarla totalmente. De ahí se entiende porque sus “tecnócratas” siempre partieran siempre a la hora de presentar su propia propuesta en los distintos círculos mencionando que la experiencia del libre ingreso en Argentina es un fracaso, aun cuando esta se mantiene vigente. Su objetivo era claro, hacer de la propuesta una simple extensión del Programa Nacional de Becas (PRONABEC), aunque fuera de este, para seguir reproduciendo el asistencialismo del Minedu5.

La discusión que ha tomado su tiempo entre los círculos del Ejecutivo ha culminado con la victoria de la propuesta esencial de la Digesu (Mori) resultando en el mamarracho llamado Proyecto de Ley que dispone el ingreso libre a universidades, institutos y escuelas tecnológicas y pedagógicas de forma gradual y equitativa a nivel nacional6 aprobado por la Presidencia del Consejo de ministros (PCM) Aquí podemos leer alguno de los artículos del documento avanzado hasta el 28 de junio del presente año que nos fue alcanzado:

Artículo 4.- Población objetivo para la Estrategia Nacional de Ingreso Libre

La población objetivo de la Estrategia Nacional de Ingreso Libre son las y los egresadas(os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria con alto rendimiento académico y en condición de vulnerabilidad, que buscan acceder a las instituciones de educación superior a nivel nacional (PCM, 2022).

Para todos los efectos de la presente Ley, se entiende por:

Estudiante con alto rendimiento académico: a aquel egresado(a) de educación secundaria o estudiante de quinto de secundaria con un desempeño destacado en comparación a un grupo a nivel de colegio, respecto a la medición de sus competencias desarrolladas a lo largo del proceso formativo de la educación básica. Conforme se establezca en las disposiciones que apruebe el Ministerio de Educación, el logro académico identificado a nivel de colegio puede complementarse con aquel que se identifique como parte de evaluaciones realizadas por el Ministerio de Educación, o por las instituciones de educación superior.

Estudiante en condición de vulnerabilidad: a aquel egresado(a) de educación secundaria o estudiante de quinto de secundaria que enfrenta barreras para iniciar su proceso formativo en la educación superior y que se encuentra en condición de pobreza bajo los criterios del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, o que, pese a no ser identificado en el SISFOH, se encuentra en una situación social y/o cultural y/o económica de desventaja, por estar expuestos a brechas sistémicas que afectan desfavorablemente sus condiciones de vida respecto al resto de la población(PCM, 2022).

Así también, en otro artículo:

Artículo 5.- Componentes de la Estrategia Nacional de Ingreso Libre

La Estrategia Nacional de Ingreso Libre es una estrategia integral en tanto incluye cuatro componentes:

a) La implementación de mecanismos de orientación vocacional e identificación de aptitudes, para que la selección de las carreras de las y los egresadas(os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria que participen en la Estrategia Nacional de Ingreso Libre, se realice considerando sus intereses y aptitudes.

b) La creación de la modalidad de admisión de ingreso libre, que permita el ingreso a la educación superior, a las y los egresadas (os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria con alto rendimiento académico y en condición de vulnerabilidad, de acuerdo con sus preferencias, conocimientos y aptitudes; conforme a las disposiciones aprobadas por el Ministerio de Educación.

c) El otorgamiento de becas para cubrir los gastos para el acceso y permanencia de las y los egresadas(os) de educación secundaria o estudiantes de quinto de secundaria que participen en la Estrategia Nacional de Ingreso Libre.

d) La implementación de mecanismos de ampliación de vacantes y optimización de la oferta de educación superior pública para el fortalecimiento y expansión de los servicios de pregrado, así como de nivelación y bienestar estudiantil que contribuyan a la culminación de los estudios superiores, cumpliendo con las Condiciones Básicas de Calidad. (PCM, 2022).

En ambos artículos se muestra que el libre ingreso será mínimamente restringido a una población estudiantil egresada de la educación básica con alto rendimiento y en situaciones de vulnerabilidad que pasará primero por un ciclo de nivelación del que si no aprueba será retirado automáticamente de la universidad como lo dice otro artículo del proyecto.

Artículo 41. Nivelación, acompañamiento académico y estudios generales de pregrado

41.1 Nivelación y acompañamiento académico

El ciclo de nivelación resulta obligatorio para las y los ingresantes por la modalidad de admisión de ingreso libre que no han rendido una evaluación como parte de su proceso de admisión o que, al rendirla, evidencian la necesidad de complementar el desarrollo de los conocimientos, habilidades y aptitudes requeridas por el perfil de ingreso debidamente definido por cada universidad y/o sus programas académicos. Por ello, cada universidad determina el sistema de evaluación a implementar, de acuerdo a las competencias establecidas en los perfiles de ingreso. El ciclo de nivelación tendrá una duración mínima de cuatro (4) meses y máxima de seis (6) meses, desarrollado de manera previa al inicio de los estudios generales. En caso la o el estudiante no apruebe el ciclo de nivelación, es retirado(a) de la universidad. El ciclo de nivelación sólo puede cursarse por única vez. (PCM, 2022).

Con esto se colige que la modalidad de “ingreso libre” que propone el proyecto no remplaza ninguno de las modalidades que ya existen para ingresar a la universidad pública, sino que se agrega como otra modalidad más, que es como lo dice el Artículo 98. Proceso de admisión y modalidades de admisión del mismo proyecto.

La propuesta, además del elitista y perpetuadora de las políticas focalizadoras que no han contribuido en nada a frenar la desigualdad en el país (si no es que han contribuido aumentarla); resulta un total engaña muchachos puesto que así argumenten que se trata de algo progresivo y que se podría estar partiendo de una muestra inicial como prueba, en sus disposiciones complementarias no hablan nada de crear más instituciones educativas de educación superior o ampliar las que ya existen para sobrepasar la irrisoria meta de 5000 estudiantes que se han puesto7. Es más, recalca que la nueva modalidad se solventará con gastos del mismo Minedu y no requerirá nuevos gastos del erario nacional plasmado en las Disposiciones Complementarias Finales:

QUINTA: Financiamiento

La Estrategia Nacional de Ingreso Libre se implementa progresivamente, de acuerdo a las disposiciones que establezca la Resolución Ministerial a la que hace referencia la Primera Disposición Complementaria Final de la presente ley; y se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación autorizado mediante las Leyes de Presupuesto del Sector Público aprobadas anualmente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. (PCM, 2022).

Como se puede ver, esta nueva modalidad no trastoca en lo más mínimo el sistema de admisión universitaria elitista, lucrativo y excluyente que tenemos. Los exámenes de admisión con sus elevados costos seguirán existiendo y los Centros Pre Universitarios (CEPRES) igualmente. Incluso, si bien el proyecto avanzado hasta el 28 de junio ya no lo contempla, hasta el 20 de mayo8 del presente año el proyecto del ejecutivo si mencionaba las CEPRES en sus disposiciones complementarias transitorias:

UNICA: Sobre el uso de las instalaciones de los Centros Pre- universitarios

En tanto las universidades licenciadas que participen en la modalidad de admisión de ingreso libre no cuenten con las instalaciones y equipamiento necesario para brindar el ciclo de nivelación en los locales de las sedes y filiales autorizadas en la resolución que aprueba su licenciamiento, se autoriza de manera excepcional, que dicho servicio educativo pueda ser brindado en los locales de sus centros pre universitarios. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria aprueba los requisitos mínimos que debe cumplir la referida infraestructura en un plazo máximo de 40 días hábiles a partir de la publicación de la presente ley, sobre la base del modelo de licenciamiento con el que fue licenciada la universidad.

Las universidades deberán adecuar los centros preuniversitarios a las condiciones aprobadas e informar a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria sobre el cumplimiento de estas condiciones previamente a su uso para el desarrollo del ciclo de nivelación.

La autorización otorgada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria para el uso de los centros preuniversitario no supone una modificación a la licencia institucional otorgada a la universidad (PCM, 20 de mayo del 2022).

Notándose así la voluntad de perpetuar la existencia de las CEPRES con su carácter privado y segregador, viéndola como un posible apoyo a la nueva modalidad de ingreso que se piensa sumar, sin ver la existencia y el carácter que estas tienen al haber sido parte del problema para acceder a la universidad, nunca de la solución. Tanto las propuestas del ejecutivo como las del legislativo no intentan transformar la realidad de la educación superior sino reforzar su carácter elitista pues no pretenden en lo más mínimo quitar las restricciones que impiden el libre ingreso a miles de estudiantes. Y, por el contrario, el proyecto anterior del ejecutivo seguía en consonancia con la política lucrativa de las universidades públicas que, si hay algo que extender en la universidad, eso solo deben ser las CEPRES (Recursos Directamente Recaudados).

¿POR QUÉ LOS ESTUDIANTES PLANTEAN EL LIBRE INGRESO?

Si los estudiantes de la Federación Universitaria de San Marcos (FUSM), la Coordinadora Democrática Estudiantil-UNFV (COODE), como otros gremios y demás organizaciones estudiantiles revoluciones han planteado el libre ingreso a la universidad de manera irrestricta, no es solo con por interés maximalista, sino porque han analizado que es la única vía para eliminar el lucro y a las mafias que imperan en nuestro restrictivo y encarecido sistema de admisión. De por sí prepararse para el examen de conocimientos que evalúa la universidad tiene un elevado coste, según los datos de la misma Digesu S/ 2,511.4 es el promedio que requiere prepararse y cubrir el coste del examen de admisión de una universidad pública a un postulante; esto porque el tiempo de preparación promedio para prepararse al examen de admisión es de 9 meses y el costo de las mensualidades en las academias tiene un promedio de S/ 261, el examen de admisión con su prospecto un promedio de S/. 600, y las CEPRES que venden por su lado el ingreso directo un promedio de S/ 2000 (el ciclo), que de lograr el ingreso directo igual no se está exonerado del pagar el coste del examen de admisión. Y ello, porque, aunque la educación básica-pública forma y evalúa competencias, el examen de admisión sigue evaluando conocimientos, pese a que aleguen lo contrario (preguntas DECO). Todo esto, si no contamos a las mafias que hacen de las suyas para facilitar el ingreso. Todos fuimos testigos en el mes de marzo como en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) las mafias burlaron las reglas del examen de admisión para asegurar el ingreso a las carreras con mayor demanda, Medicina principalmente, que fue la carrera donde los que optaron por esa “modalidad de ingreso” casi coparon todas las vacantes del ingreso ordinario. La mafia en específico que se encargó de tal fraude descarado (con hermanas telepatía incluido) al ser desbaratada por la Policía Nacional del Perú se descubrió que San Marcos era solo una de las casas de estudio donde operaba, pues el negocio se encuentra en cada proceso de admisión de las universidades públicas del país, por lo que podemos concluir que como esas mafias habrá muchas más9.

Además, teniendo en cuenta que el Perú es uno de los países que destina uno de los menores porcentajes de su Producto Bruto Interno (PBI) a la educación, 4,3 %, con solo 33% de estudiantes que transitan de la educación básica a la educación superior, por debajo de la media latinoamericana (Enaho, 2018); la demanda del libre ingreso universal e irrestricto está en consonancia con la exigencia de elevar esa cifra del PBI que es inferior de la que recomienda la misma Unesco (6%). Es absurdo e idealista alegar que el Estado no debe reconocer el libre ingreso si primero no genera la infraestructura insuficiente. Si esa aquella lógica sería correcta tampoco se debería reconocer el derecho de todos a la salud porque en la práctica el Estado no lo garantiza, y debemos oponernos a la construcción de más hospitales públicos en las provincias porque los que hay ahora en los grandes centros urbanos no cuentan con la infraestructura suficiente. Esos argumentos en oposición no toman en cuenta el carácter del Estado peruano ni de quienes los manejan.

En el Proyecto Educativo Nacional (PEN) al 2036 los “tecnócratas” del Minedu ya han dado a entender que renuncian a la idea de elevar el 6% del PBI a la educación:

Los escenarios planteados son un pequeño conjunto de posibles situaciones en las que el número “mágico” pierde vigencia (6%)11. Además, podemos también revisar casos concretos (tomados de la base de datos del Instituto de Estadística de la Unesco) que sugieren que un número de supuesto valor universal no parece decirnos mucho acerca de en qué medida los países garantizan el derecho de las personas a una buena educación (PEN 2036, p. 134).

Los casos que ponen son Namibia (8,3%) y Japón (3,7%), tan alejados de nuestra realidad en población como en producción, pero que les sirve de pretexto para decir que no es necesario elevar al 6% del PBI a la educación, sino que basta con gastar bien.  En cambio, se reafirman en seguir financiando con dinero público a las instituciones educativas privadas:

Un tercer elemento tiene que ver con el financiamiento de la operación de la institución. Las instituciones educativas pueden ser financiadas con recursos públicos (mediante gasto público), lo que se traduce usualmente en que los receptores del servicio educativo puedan acceder a este sin mediar pago alguno; nos referimos a la educación que es “gratuita” para el receptor, aunque es sufragada por otros (en este caso, el Tesoro Público, es decir, los contribuyentes) (…) (PEN, 2036, p. 129).

El gobierno que inició el 2021 tenía también entre las promesas de campaña aumentar el 10% del PBI a la educación, pero es obvio que al haberse recostado en los “tecnócratas” del Minedu, que no son otra cosa que los intelectuales de la burguesía financiera, ha renunciado totalmente a esa bandera de lucha, como ha hecho ahora con el libre ingreso. Por ello la demanda libre ingreso universal e irrestricto es más estratégica que nunca para poner en jaque al Estado por su abandono de la educación pública; y de exigirle más cobertura, más infraestructura, y por ende, más presupuesto para garantizar una educación científica.

PROPUESTAS CONCRETAS PARA EL DEBATE

El ingreso libre como política pública en la educación es obvio que sería una política de largo plazo, pero si en verdad se apuntaba a democratizar el ingreso se debió proponer un ciclo propedéutico irrestricto y universal para todos los egresados de la educación básica. Las instalaciones se hubieran podido buscar en las mismas instalaciones de la educación básica (turno noche), las CEPRES y hasta en las universidades no licenciadas privadas que el Estado debió haber buscado la forma tomar el control por la estafa que han significado a miles de estudiantes. Y si es que no se quería chocar con el tesoro público en un inicio, algo que inevitablemente se tendría que hacer, una buena opción hubiera sido redireccionar el presupuesto que el Estado destina a las becas para destinarlos propiamente a sostener el ciclo de nivelación o propedéutico que daría en forma universal a los egresados de la educación básica mientras se extiende la universidad pública para ampliar su cobertura.

Según los datos del MEF, en año 2021, se ha destinado S/ 1,173 millones en becas y créditos educativos12, becas que significan un ingreso principalmente a universidades e instituciones privadas que el Estado paga para sostener los estudios de algunos egresados de la educación básica regular en los distintos programas focalizados que tiene, mismas instituciones que por norma también están exoneradas de pagar impuestos a pesar de tener un carácter lucrativo en la mayoría de los casos. En el año 2021 la UNMSM, la más poblada de las universidades públicas, recibió un presupuesto ordinario de S/ 285 754 491, ósea, anualmente el Estado destina en becas más de cuatro veces de lo que se destina en solventar a la universidad pública más poblada del Perú (33 671 estudiantes). Si al presupuesto destinado en becas y créditos se le redireccionara ¾ partes o, aunque sea la mitad, para destinarlo a la universidad pública, alcanzaría para solventar tres o dos San Marcos. Además, pese a la amplia cobertura que deba tener un ciclo propedéutico irrestricto (400 mil estudiantes anualmente), no requiere los mismos costos que necesita una universidad entera como San Marcos para sostenerse con sus diversas carreras. El redestinar el dinero que el Estado utiliza para solventar la educación privada, o al menos parte de ello, sería el primer paso mientras se logra que el tesoro público asigne el presupuesto suficiente para la extensión de las universidades e institutos públicos o la creación de otros nuevos si es que lo primero resulta ralentizado por la burocracia interna de las instituciones. Además, un ciclo propedéutico irrestricto se sostiene no solo en el campo político, si hablamos de democratizar la educación; sino también, en el campo pedagógico.

En las carreras de Educación y en la misma educación básica-pública que tiene el enfoque por competencias hacen especial ahínco en los métodos de evaluación y que estos deben tener un proceso obligatorio si de verdad se pretende evaluar el desarrollo de una competencia. Más allá de si el enfoque por competencias merece una discusión (que a mi parecer sí), la docimología, ciencia que se encarga de la evaluación del aprendizaje establece que la evaluación pasa por tres etapas: la evaluación diagnóstica, la evaluación formativa y la evaluación sumativa13. La primera, es para saber el estado en que se encuentra el estudiante sin algún peso en la nota; la segunda, se realiza durante todo el curso y es la que tiene más peso pues acompaña el desarrollo del aprendizaje retroalimentándolo; y la tercera, es la evaluación final de todo lo aprendido. Una competencia que desea ser evaluada correctamente para saber si el estudiante puede continuar sus estudios en la educación superior no puede ser evaluada en un examen de admisión que en realidad debería solo arrojar un resultado diagnóstico, pero que se convierte desde el inicio en una evaluación sumativa que decide el futuro y la vida del estudiante. Una verdadera evaluación de las competencias demora meses y ese solo podría darse dentro de un ciclo entero en la compañía de un docente. Logrando así conectar verdaderamente la educación básica con la educación superior. Por lo que continuar con la modalidad del examen de admisión es continuar con la práctica de un sistema evaluativo que es encima antipedagógico y que refleja la desconexión que existe entre los niveles de la básica regular-pública con el de la educación superior.

Agregando a ello, en dicho ciclo se debería también poner especial énfasis en la orientación vocacional que ayudaría a que el estudiante escoja mejor su carrera como la institución en la que desea continuar sus estudios. De ahí que sea fundamental emprender la mejora y masificación de los institutos de educación superior, si es que de verdad se desea que la demanda hacia las universidades no sea excesiva. Por lo que la consigna de los estudiantes se podría replantear en demandar: Ingreso libre irrestricto a la educación superior. Para que no sea el mismo sistema educativo quien ponga las trabas a su acceso.

Es increíble que todo esto no haya sido tomado en cuenta por los intelectuales del Minedu si tanto se ufanan de manejar la educación por tener los cartones académicos adecuados. Incluso si de verdad hubiera habido una voluntad de democratizar la educación el Estado hubiera subvencionado por el presupuesto ordinario el costo del examen de admisión de todas las universidades públicas (ya dijimos de dónde se puede obtener el financiamiento en un inicio) y prohibir que las CEPRES ofrezcan ingreso directo si es que todavía no es posible eliminarlas en su carácter lucrativo. Ello hubiera aliviado en algo los bolsillos de todos los postulantes teniendo en cuenta que un examen de admisión significa más de la mitad de un sueldo mínimo en el país, y quitado la amenaza de que las autoridades universitarias cada año quieran quitarle vacantes a la modalidad ordinaria para destinarlas a su lucrativa CEPRE. Sin embargo, nada de esto fue considerado.

No se quiso chocar con las becas, que significa chocar con las abultadas cuentas de las universidades e instituciones privadas (Intercorp, Laureate, etc), no se quiso chocar con el negocio de las academias, no se quiso chocar con los Recursos Directamente Recaudados que son el botín de las mafias que hay dentro de la Universidad. Un libre ingreso irrestricto, al menos como política de estado, hubiera significado apuntar a barrer todo ello, o, aunque sea con gran parte de ello; pero para los tecnócratas de ONG (Morí) que pululan en el Minedu y el gobierno traidor de Pedro Castillo eso hubiera sido chocar con el modelo y con sus socios que durante estos largos treinta años han acumulado riqueza a costa de haber convertido un derecho en un servicio lucrativo.

Ante la propuesta focalizada del gobierno, que el movimiento estudiantil se oponga tajantemente sería poco estratégico. Los intelectuales de la burguesía financiera dirían que se les está quitando la oportunidad de estudiar a algunos jóvenes de bajos recursos; sin embargo, en lo que sí se debe ser firme es en desenmascarar dicho proyecto, en decir que de libre ingreso no tiene un ápice, que los problemas de exclusión generados por el lucro, la corrupción y el escueto presupuesto se siguen manteniendo intactos, y que solo significa poner una viga más a nuestro edificado sistema educativo donde la calidad sirve como pretexto para la exclusión.

Quedándonos como lección que solo las propuestas aterrizadas y concretas del movimiento estudiantil revolucionario que en consonancia con las demandas de los trabajadores podrán hacer posible que los hijos de estos puedan acceder plenamente a la educación superior derrumbando cada muro que el capital les ha impuesto.

Bibliografía

1.       Junta de Fiscales de la FEPUC -JF FEPUC. [Resultado de la consulta bases sobre el libre ingreso a las universidades públicas].

ttps://web.facebook.com/juntadefiscalesfepuc/photos/a.596862390360547/4486852051361542

2.            Federación Universitaria del Cusco. [Programa de lucha de la Federación Universitaria del Cusco]. https://web.facebook.com/photo/?fbid=352141426949878&set=a.249407307223291

3.            Wayka. (21 de marzo del 2022). Ingreso libre a las universidades ¿Será Posible? https://web.facebook.com/waykaperu/videos/4990090987740464

4.            Condor, J. (24 de marzo del 2022). Ingreso libre a las universidades: ¿Qué tan viable es la propuesta del presidente Pedro Castillo? Caretas. https://caretas.pe/nacional/ingreso-libre-a-las-universidades-que-tan-viable-es-la-propuesta-del-presidente-pedro-castillo/

5.            Dirección General de Educación Superior Universitaria. (2021).   Estrategia nacional para el acceso libre y gradual a la educación superior en el Perú.

ttps://drive.google.com/file/d/174YyMfxVQotnd923TPh-akBx0fIMZh8d/view?usp=sharing

6.            Presidencia del Consejo de Ministros. (28 de junio del 2022). Proyecto de ley que dispone el ingreso libre a universidades, institutos y escuelas tecnológicas y pedagógicas de forma gradual y equitativa a nivel nacional. https://docs.google.com/document/d/178hf-nEf-hZY_b_lWK8x7TP-x7WfVeqE/edit?usp=sharing&ouid=117110604273673818439&rtpof=true&sd=true

7.            Ejecutivo aprueba proyecto de ley que permite acceso libre a la educación superior. (7 de julio del 2022). Recuperado de: https://elperuano.pe/noticia/163599-ejecutivo-aprueba-proyecto-de-ley-que-permite-acceso-libre-a-la-educacion-superior

8.            Presidencia del Consejo de ministros. (20 de mayo del 2022). Proyecto de ley que dispone el ingreso libre a universidades, institutos y escuelas tecnológicas y pedagógicas de forma gradual y equitativa a nivel nacional. https://elperuano.pe/noticia/163599-ejecutivo-aprueba-proyecto-de-ley-que-permite-acceso-libre-a-la-educacion-superior

9.     Briceño, Ana. (22 de abril del 2022). Ingreso Directo. Hildebrandt en sus Trece.

10.   Consejo Nacional de Educación. (2036). Proyecto Educativo Nacional al 2036.

11.     El paréntesis es mío.

12.    Ministerio de Economía y Finanzas. (2021). Guía de orientación al ciudadano del presupuesto público 2021. P. 12.

13.    Martínez, F. (2009). Evaluación formativa en aula y evaluación a gran escala: hacia un sistema más equilibrado.